El contrato de obra y servicio: los aspectos más importantes
27 de Abril de 2021

El contrato por obra y servicio es uno de los contratos que más se utiliza, en la actualidad, en muchas empresas. Pero a la par quizá sea el que más dudas genera en las compañías por lo que contar con los servicios de alguna de las asesorías de empresas en San Blas, Madrid puede solucionar más de un problema. 

Este tipo de contratos, se establecen para diferentes servicios que presta el trabajador con una duración concreta. En otros casos, las empresas que apuestan por este contrato también usan este tipo de documento para trabajos de una duración incierta. Eso sí, se requiere que tanto el servicio como la obra tengan cierta sustantividad, además de autonomía, de manera que no sea asumida por cauces habituales, sino por mano de obra en la que se apuesta por un contrato "ad hoc".

Este contrato debe incluir claramente el servicio u obra a realizar mediante modelo oficial. Se debe tener en cuenta que este tipo de contrato no debe usarse para que una persona realice las mismas labores que otros trabajadores realizan con un contrato indefinido. En este tipo de contratos, además, la retención a aplicar por IRPF es reducido (por el carácter temporal del contrato).

Por último, la duración de este tipo de contrato es de 3 años, ampliables a uno más (dependiendo de lo que dicte cada Convenio Colectivo). Si se desea que el trabajador siga realizando el trabajo, el contrato deberá pasar a ser indefinido.

En Gestoría Diéguez te contamos todo lo que necesitas saber sobre este tipo de contratos. Los de obra y servicio son muy usados en nuestro país y es habitual en trabajos de limpieza, reposición, telemarketing, seguridad..., lo más importante es que sea el contrato que sea, siempre se ajuste a la legislación vigente, y, para eso lo mejor es consultar con la asesoría de empresas de San Blas, Madrid.

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